No localizado
Cuando los miembros se mudan, es su responsabilidad informar al anciano o secretario de la iglesia su nueva dirección. En los casos en que esto no sucede y la iglesia no ha podido localizar a un miembro durante 2 años, la junta de iglesia puede votar para designar al miembro como "no localizado".
- 1
- Busque el registro del miembro
- 2
- Haga clic en el botón "Cambiar estado"
- 3
- Seleccione "No localizado" en el menú desplegable "Cambiar a", ingrese la fecha de la votación y haga clic en el botón "Guardar".
Miembro no localizado encontrado
Si el miembro se localiza posteriormente, el secretario de la iglesia puede simplemente "deshacer no localizado" sin requerir ningún voto de la junta. La persona sigue siendo miembro "en plena y regular comunión" y puede ser trasladada, si es necesario. Si se descubre que el miembro debe ser removido por razones disciplinarias, la iglesia puede seguir el proceso correspondiente y votar para designar al miembro como "removido".
Para obtener más información, consulte el Manual de la Iglesia p. 66.
Miembro no localizado que se une a una nueva iglesia
Cuando una persona solicita ser miembro por profesión de fe y se descubre que él/ella todavía es miembro de otra congregación, no se deben tomar medidas para recibir a esa persona como miembro hasta que la iglesia que posee la feligresía otorgue una carta de traslado. Si, después de seguir el proceso de traslado, una iglesia se niega a otorgar una carta de traslado y el miembro considera que la carta ha sido denegada injustamente, el miembro puede apelar a la comisión de la asociación. Seguir este procedimiento dará como resultado una mayor apreciación de lo sagrado de la membresía de la Iglesia y la reparación de agravios. Ninguna iglesia tiene derecho a retener un traslado a menos que la persona esté bajo disciplina.
Miembros que no deben ser removidos de la feligresía de la iglesia por inasistencia
Los ausentes deben ser visitados fielmente por el liderazgo de la iglesia, y se debe animar a cada uno a reanudar la asistencia a la iglesia, explicando la seriedad de descuidar la obligación de ser miembro de iglesia al ausentarse deliberadamente por períodos indefinidos y no presentar a la iglesia ningún informe de su fe y esperanza. Cuando por causa de edad, enfermedad u otra causa inevitable, a un miembro le resulta imposible asistir regularmente al culto divino, se debe considerar una obligación mantenerse en contacto con los líderes de la iglesia por carta o por otros medios. Sin embargo, mientras la persona sea leal a las doctrinas de la iglesia, la inasistencia a los servicios de la iglesia no se considerará causa suficiente para removerla de la feligresía de la iglesia.
Miembros que se mudan y no informan
Cuando los miembros se mudan de las inmediaciones, es su deber informar al anciano o secretario de la iglesia sobre su nueva ubicación y dirección. Mientras sigan siendo miembros de esa iglesia, deben reconocer su responsabilidad de informar regularmente a la iglesia y enviar sus diezmos y ofrendas. Es deseable que dicho informe se envíe al menos una vez por trimestre. Sin embargo, si dicho miembro no deja ninguna dirección y no hace ningún esfuerzo por comunicarse con su iglesia de origen o enviar un informe, y resulta imposible localizar al miembro no localizado, entonces, después de una ausencia de dos (2) años, la persona puede ser removida de la feligresía de la iglesia por voto de la iglesia, siempre que los oficiales de la iglesia puedan certificar que han procurado fielmente localizar a la persona, pero sin éxito. El secretario debe registrar en la columna correspondiente: "Paradero desconocido. Se votó designar como no localizado".